Disposiciones Oficiales Mexicanas Para Desarrollo De Software.
El software, en tanto que es un bien, está sujeto a las reglas del derecho civil y, en tanto que es intangible, sujeto a las reglas de propiedad intelectual. No obstante, la actividad humana de desarrollarlo y otras relacionadas, como lo son su comercialización, implementación, integración o mantenimiento, están o pueden estar sujetas a una multiplicidad de reglas más, como lo son las del derecho mercantil, fiscal, de la propiedad industrial y de la protección al consumidor. Asimismo, en tanto más amplia y compleja sea una organización dedicada al desarrollo de software, la aplicación de reglas adicionales se hace evidente, tales como las del derecho laboral y societario.