Clasificación y conformación del salario

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Uno de los objetivos de cualquier sistema de remuneración, debe ser el asegurarse que cada empleado reciba un pago equitativo en términos de su propio esfuerzo y resultados, y en comparación con otros trabajadores.

En nuestro medio se puede llegar a una clasificación del salario, de la manera siguiente:

a) Por el medio empleado para el pago.- Por este medio, el salario puede dividirse de la siguiente manera:

En moneda. Es el salario pagado en moneda de uso corriente, que todo trabajador recibe.

En especie.- Es el que se paga en especia, es decir, con comida, habitación, bienes, servicios, etc.

Pago mixto.- Es el que se paga al trabajador, parte en moneda y parte en especia.

b) Por su capacidad adquisitiva. De acuerdo a la capacidad adquisitiva, el salario puede ser de la siguiente manera:

Nominal.- Es la cantidad de unidades monetarias que recibe el trabajador a cambio de sus servicios.

Real.- Es la cantidad de bienes y servicios que el trabajador puede adquirir con el salario total que recibe.

Así tenemos que, mientras el salario normal se incrementa, el salario real puede también aumentar o disminuir, observándose una constante fluctuación en el poder adquisitivo del salario.

c) Por sus límites. De acuerdo a este aspecto, el salario puede ser de la manera siguiente:

Mínimo.- Es la cantidad menor que debe recibir el trabajador, por sus servicios prestados.
Máximo.- Es la cantidad mayor que le permite a la empresa, una producción costeable.

d) Por la forma de pago. Con base en este tipo de clasificación, el salario puede fijarse de la siguiente manera:

Por unidad de tiempo.- Es el salario que se fija, tomando en cuenta sólo la jornada ordinaria de trabajo independientemente de que se fije por día, por semana, por mes u otra forma.

Por unidad de obra.- También se le denomina a "destajo", es el salario que recibe el trabajador computado con base al número de unidades producidas.

 

ASPECTO JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO DEL SALARIO

El aspecto jurídico del salario. La Ley Federal del Trabajo (LFT) en su artículo 82, define el salario como:

"La retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo".

Por otro lado, el artículo 20 de la LFT, define la relación de trabajo como:

"La prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario".

También la LFT define el Contrato Colectivo de Trabajo como:

"Aquel por virtud del cual, una persona se obliga a presentar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario".

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